El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que condenó a Cuarzo Producciones S.L, a Ana Rosa Quintana y una colaboradora del Programa de Ana Rosa por vulnerar el honor y la intimidad de la actriz Arancha del Sol y de su marido, el torero Finito de Córdoba, informa EFE.
La Sala Primera del Supremo rechaza así los recursos de casación presentados por la citada productora, Ana Rosa Quintana y la colaboradora del programa María Teresa Matallana Muñoz.
Los hechos constitutivos de la intromisión ilegítima tuvieron lugar con ocasión de las emisiones de El programa de Ana Rosa los días 7 y 14 de febrero de 2005, durante los cuales se dieron como noticia simples rumores acerca de la presunta infidelidad del torero, y contra los que el matrimonio interpuso una demanda.
En su fallo, el Supremo confirma que la conducta de las demandadas -además de María Teresa Matallana, también estaba la colaboradora Amparo García de la Gama- es constitutiva de intromisión ilegítima en el derecho al honor y a la intimidad personal y familiar de los demandantes. Además, les condena a abstenerse en el futuro de realizar intromisiones ilegítimas en los derechos de Arancha del Sol y Finito de Córdoba.
El TS confirma también en su sentencia la condena a Cuarzo y a Ana Rosa Quintana a indemnizar a cada uno de los demandantes con 50.000 euros; a Amparo García de la Gama, con 20.000 euros; y a María Teresa Matallana, con 30.000 euros.
Presentadora y productora, responsables de la información de colaboradoras
La Sala considera que la presentación como noticia de meros rumores sobre constantes infidelidades conyugales "prescinde de la exigible veracidad", siendo responsables las colaboradoras que ofrecieron datos que dotaban de verosimilitud a tales rumores.
La sentencia considera también responsables a la productora que controlaba los contenidos del programa y a la presentadora, cuyo nombre sirve de nombre al propio programa y que, además, era accionista y consejera delegada de Cuarzo Producciones.
El Supremo considera que la información no veraz sobre infidelidades conyugales daña tanto el honor del cónyuge al que se atribuye la infidelidad como al que la soporta.
En la sentencia, el TS señala que la libertad de información no ampara la presentación de rumores como noticias y considera que el hecho de que la pareja hubiera autorizado la publicación de un reportaje sobre su boda, obteniendo beneficio económico, no les priva del derecho a preservar del conocimiento público el resto de aspectos de su vida privada.
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Comentarios
Esta señora no se cans, primero se hace millonaria plagiando un libro, luego la exclusiva de engaños con la mujer del asesino del valle, y ahora esto, pero claro que se puede esperar de ella y de la cadena donde trabaja. La nueva rica esta se cree ya con el poder y derecho de todo es una pretenciosa y una creida de cuidao, pija de mierd... baja de la nube que torres mas altas han caido y tu hora cada vez esta mas cerca.
Me alegro por la Quintana haber si asi confirma bien un noticia antes de divulgarla y no pensar en las circunstancias que ello provoca. JODETE
No sé quién soporta a esta señora, la arrogancia con la que se mueve en ese mundillo del periodismo basura con barniz de investigación es patética.
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